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Nueva clave en el atributo "ObjetoImp"


Objeto Impuesto

Entre los cambios más transcendentes en el CFDI 4.0 es la incorporación del atributo ObjetoImp, del nodo Concepto, se utiliza para enlistar cada uno de los productos o servicios amparados por el comprobante.

01 – No objeto de impuesto.

La partida no refleja ningún tipo de impuesto.

Una partida con el 100% de descuento también se considera no objeto de impuesto.

Un ejemplo es el artículo 4-A de la Ley del IVA, no son objeto de impuesto los actos o actividades que: el contribuyente realiza en territorio nacional establecidos en los artículos 10, 16 y 21 y además de los que sean distintos a los establecidos en el artículo 1 realizados en territorio nacional.

02 – Si objeto del impuesto.

Esta clave se utiliza cuando el emisor es únicamente causante del IVA, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de la ley del IVA.
Dicho artículo, están obligadas al pago del IVA las personas físicas y morales que, en este territorio nacional, realicen alguna de las siguientes actividades o actos:
I.-    Enajenen bienes.
II.-    Presten servicios independientes.
III.-   Otorguen el uso o goce temporal de bienes.

IV.- Importen bienes o servicios.

03 – Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose.
Se utiliza cuando la actividad si puede llevar impuestos, pero según algunos decretos fiscales se tiene la posibilidad de no desglosar el impuesto.

Si tu actividad o producto no lleva IVA y solo lleva el tipo de impuesto IEPS, podrías usar esta opción.

Estas claves se utilizaban hasta el 04 de octubre del 2022, pero a partir del 07 de octubre se añadió una nueva clave:

04 – Sí objeto del impuesto y no causa impuesto.

Se utiliza cuando las operaciones que ampara el CFDI son objeto del impuesto al valor agregado y no lo causan.  

Actualmente se espera que la autoridad SAT publique más información en la que la indique en qué casos debe usarse dicha clave.

Para mayor información y estar enterado de estos constantes cambios visite.


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