A partir de este 1 de abril del 2022 inicia el periodo para presentar la declaración anual para personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la fecha límite es el 30 de abril.
Tu declaración anual debe incluir la información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones y tus pagos provisionales, según el SAT.
Este trámite puede realizarse a través de internet en el micro sitio del SAT, solo es necesario que cuentes con tu e.firma, contraseña, RFC y, si tienes saldo a favor, con tus datos bancarios.
Personas que se incorporaron a RESICO, no tienen que presentar la declaración este año, sino hasta el año 2023.
Al realizar tu declaración anual, se te podrán presentar alguno de los siguientes 3 escenarios.
1. Saldo a cargo Impuesto Sobre la Renta (ISR), esto habla de un importe que se le podría deber a la autoridad fiscal.
2. No tienes saldo a cargo, pero tampoco a favor.
3. Saldo a favor, escenario en donde se obtiene, una devolución de impuestos.
¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual?
· Gastos médicos, dentales, de enfermedades y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
· Lentes ópticos graduados hasta por dos mil quinientos pesos mexicanos.
· Gastos funerarios.
· Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
· Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
· Donativos.
· Transporte escolar obligatorio.
· Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
· Impuestos locales por salarios.
· Colegiaturas (preescolar a preparatoria).
¿Quiénes están obligados a declarar?
Todas las personas que hayan recibido: salario, intereses, actividad empresarial, arrendamiento de inmuebles o dividendos.
¿Qué pasa si no hago mi declaración anual?
Personas que no hagan su declaración anual,
recibirán una sanción por parte del SAT de los $1,400 hasta $34,730 pesos.
¿Quiénes pueden no presentar la declaración anual?
Personas que recibieron únicamente salarios, y sus ingresos no excedieron de 400 mil pesos.
Los que recibieron salarios por más de 400 mil pesos, y tienen un saldo a favor.
¿Que se requiere para realizar la solicitud?
Si el saldo a favor es:
· De 1 peso hasta 10 mil pesos, solamente se requiere de la contraseña.
· De 10 mil pesos hasta 150 mil pesos, se requiere de e.firma.
· De 150 mil pesos, se requiere la firma electrónica y se debe enviar a través del formato electrónico de devoluciones, este de forma manual.
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