La lista negra del SAT, trata sobre el artículo 69b del código fiscal de la federación, es un apartado donde se encuentran los contribuyentes que tienen adeudos fiscales firmes, exigibles, no localizados, cancelados, o cuentan con sentencia condenatoria por delito fiscal, personas físicas, y morales, que avalaron operaciones inexistentes, y a los que se les hubiese condonado algún crédito fiscal.
Estos listados contienen desde el nombre, la denominación social, y RFC de los contribuyentes.
No es un secreto la existencia de empresas que se dedican a emitir facturas, que amparan operaciones simuladas, esto con la finalidad de obtener beneficios ilegales, tales como obtener devoluciones fraudulentas de IVA, incrementar deducciones, lavado de dinero, o amparar mercancías internadas ilegalmente en el país.
Lo que se busca con la lista negra, es que haya más control sobre los contribuyentes que buscan lucrar, o evadir impuestos mediante facturas falsas.
¿Cuáles son las consecuencias de pertenecer a la lista negra del SAT?
●Suspensión de sellos digitales, estos contribuyentes ya no podrán emitir facturas.
●Al ser tipificado como defraudación fiscal, puede ser sancionado con prisión, con 3 o hasta 9 años.
¿Cómo puedo saber si pertenezco a la lista negra del SAT?
- Visitar el sitio web oficial del SAT.
- Seleccionar la opción, “otros trámites y servicios”.
- Deslizar hasta la parte inferior, y elegir la opción “publicaciones articulo 69 y 69b, del código fiscal de la federación”.
- Es aquí, donde se despliegan las opciones con los escenarios posibles, donde se especifican los contribuyentes que están en las listas negras.
¿Qué hacer si mi proveedor está en la lista negra del SAT?
De ser así, automáticamente te conviertes en presunto EDO, Empresas que Deducen Operaciones Simuladas.
En este caso será necesario presentar un escrito, con los requisitos establecidos en los artículos 18 y 18 a, del Código Fiscal de la Federación, ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de la presunción.
Deberás de acompañar el escrito con la relación de comprobantes fiscales, y el respaldo de la documentación, e información con la que se compruebe la efectiva realización, de las operaciones que amparan esos comprobantes.
Una vez transcurrido 10 días, la autoridad valorará la situación únicamente con las pruebas aportadas, y resolverá lo que el derecho proceda.
¿Como evitar esta situación?
Es importante que tú, y todas las empresas, verifiquen si en algún momento realizaron operaciones con algún proveedor, que ha sido publicado en la lista negra del SAT, como (EFOS) Empresa que Factura Operaciones Simuladas, permitiendo que en caso de que sea requerido, tengan tiempo para demostrar que realmente adquirieron los servicios amparados en las facturas, y corregir la situación fiscal.
Kraitt, te cuida de no caer en problemas con la autoridad, automáticamente sin ningún esfuerzo.
Tanto como nuestro Visor Trifásico a nivel de documento individual, como nuestro REX, a nivel de todos los documentos descargados, realizan la revisión de la lista negra del artículo 69b, una obligación prevista en la Ley para todos los contribuyentes.
¿Y Tú, la estás cumpliendo?
Hoy en día hay más de 11,000 empresas en investigación.
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Cualquier duda referente a esta información puede ponerse en contacto con nosotros.
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